English Castellano Català
Investigar y Estudiar en Cataluña Vivir | Cultura y Ocio

Educación superior > Legalización de títulos

Legalización de títulos

¿Quién y por qué debe realizar este trámite? Los documentos que proceden de algunos países extranjeros deben pasar un proceso de validación legal para ser reconocidos en España.

Especificación del trámite. En el caso de los países Estados Miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo no se exige ningún tipo de legalización: Francia, Alemana, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España, Portugal, Austria, Noruega, Suecia, Finlandia, Islandia y Liechtenstein. También Suiza, por acuerdo bilateral con la UE.

Institución/Centro de apoyo

Dirección General de Asuntos y Asistencias Consulares 
www.mae.es /mae/index.jsp
Plaza del Marqués de Salamanca, 8- 28006 Madrid
Tel. y/o fax de contacto 91 379 16 06 (información sobre legalizaciones)

 

TrÁMITES A REALIZAR EN EL PAÍS DE ORIGEN

¿Qué trámites debéis realizar en el país de origen?

Además, si estos papeles no están escritos en castellano, tendréis que buscar un traductor oficial para adjuntarlos en este idioma. Convenios para la legalización de documento según países:

En el caso de los países firmantes del Convenio de Andrés Bello, los trámites se tendrán que legalizar por vía diplomática: Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú, Venezuela y Chile.

En el caso de los países firmantes del Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 sólo se precisará la legalización única o "postilla" extendida por las autoridades competentes del país: Andorra, Antiga y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Bahamas, Barbados, Belarús, Belice, Bielorrúsia, Bosnia y Hercegovina, Botswana, Brunei-Darussalam, Bulgaria, Chipre, Colombia, Croacia, El Salvador, Eslovenia, Estados Unidos de América, Estonia, Federación Rusa, Fiji, Hong Kong, Húngría, Islas Marshall, Israel, Japón, Kazakhstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Lituania, Macao, Antiga República Yugoslava de Macedonia, Malawi, Malta, Isla Maurici, México, Namibia, Nueva Zelanda, Isla Niue, Panamá, Puerto Rico, República Checa, Rumanía, Samoa, San Cristobal y Nieves, San Marino, Seychelles, Suiza, Surafrica, Suriname, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquia, Venezuela, República Federal de Yugoslavia.
Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas); Reino Unido (Jersey, Bailia de Guernesy, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos, Islas Vírgenes).

Otros países: aquellos países no incluidos en ninguno de los apartados anterioes deberán realizar la legalización por vía diplomática, acudiendo a diferentes organismos:

- Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
- Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se han emitido los documentos.
- Representación diplomática o consular de España en el país correspondiente.


Los documentos emitidos por las autoridades diplomáticas o consulares de otros países tendrán que legalizarse en el Ministerio de Asuntos Exteriores.


¿Dónde debéis realizar los trámites?

Consejerías de Educación y Ciencia en las embajadas de España
wwwn.mec.es/educa/jsp/plantillaAncho.jsp?id=3&area=internacional

Embajadas y consulados de España en el extranjero
www.mae.es /mae/index.jsp

Dirección General de Asuntos y Asistencias Consulares. Ministerio de Asuntos Exteriores de España
Plaza del Marqués de Salamanca, 8. 28006 Madrid
Tel. 91 379 16 06

 


Guia de Suport a la Mobilitat d'Investigadors Forans a CatalunyaOficines de Suport a la Mobilitat Cronograma